SCJN rechaza criterio nacional para corridas de toros, una decisión que deja en el aire la posibilidad de unificar las regulaciones sobre estos controvertidos espectáculos en todo México. Esta resolución, tomada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resalta las divisiones internas en el máximo tribunal y perpetúa el debate sobre el futuro de las corridas de toros en el país. Con un historial de cambios legislativos y acciones judiciales, el tema de las corridas de toros sigue siendo un punto de fricción entre defensores de la tradición cultural y activistas por los derechos de los animales.
El rechazo a la atracción en la SCJN
En una sesión reciente, la SCJN evaluó la posibilidad de atraer un caso clave relacionado con las corridas de toros para establecer un precedente nacional. La ministra Lenia Batres Guadarrama presentó la propuesta, argumentando que el asunto merecía una revisión unificada dada su relevancia social y los múltiples cambios legislativos pendientes. Sin embargo, la iniciativa no contó con el apoyo necesario, ya que solo dos de sus colegas, la ministra Sara Irene Herrerías y el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, se alinearon con ella. Seis ministros optaron por rechazar la atracción, dejando el caso en manos de instancias inferiores.
Esta decisión implica que no habrá un criterio nacional inmediato para las corridas de toros, lo que podría derivar en regulaciones dispares entre entidades federativas. En estados como México City, donde las corridas de toros han sido declaradas patrimonio cultural, las suspensiones provisionales siguen siendo un arma recurrente para los opositores. La falta de un fallo unificador agrava la incertidumbre en la industria taurina, que genera empleo y atrae turismo, pero también enfrenta crecientes presiones éticas.
Argumentos a favor de la unificación
La ministra Batres enfatizó que las corridas de toros representan un debate nacional profundo, con implicaciones en la legislación federal y estatal. "Este tema se refiere a la suspensión de actos relacionados con la celebración de espectáculos taurinos, es un tema que se ha debatido fuertemente en nuestro país, que ha tenido muchos cambios legislativos y en los que la Corte no ha terminado de definir un criterio único", declaró durante la sesión. Su postura buscaba resolver incongruencias, como las variadas prohibiciones en lugares como Sonora o Guerrero, donde las corridas de toros han sido restringidas por motivos de bienestar animal.
Los respaldos de Herrerías y Guerrero García subrayaron la necesidad de claridad jurídica. Para ellos, un criterio nacional para corridas de toros evitaría el caos interpretativo y garantizaría equidad en la aplicación de la ley. No obstante, la mayoría del pleno priorizó la autonomía de los poderes judiciales locales, argumentando que el caso no cumplía con los requisitos para la facultad de atracción prevista en la Constitución.
Historia del caso y suspensiones previas
El origen de esta controversia se remonta a junio de 2022, cuando el juez Jonathan Bass concedió una suspensión definitiva a la Asociación Justicia Justa, solicitante principal en el litigio. Esta medida buscaba detener cualquier evento taurino en la emblemática Plaza México, alegando violaciones a los derechos de los animales. La acción judicial provocó un revuelo inmediato, paralizando temporalmente la temporada de corridas de toros y afectando a promotores, toreros y proveedores.
El caso escaló rápidamente a la SCJN. En diciembre de 2023, la Segunda Sala de la Corte intervino mediante un proyecto impulsado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa. Este documento anuló la suspensión inicial, permitiendo la reanudación de las corridas de toros en la Plaza México hasta que se realizara un análisis exhaustivo. La decisión fue vista como un respiro para la tradición taurina, pero también como un desafío a los esfuerzos por modernizar las leyes de protección animal en México.
El rol de las asociaciones protectoras
Asociaciones como Justicia Justa y otras organizaciones defensoras de los animales han sido pivotales en la cadena de suspensiones contra las corridas de toros. Sus demandas se basan en tratados internacionales ratificados por México, como la Convención sobre Biodiversidad, y en reformas locales que clasifican el toreo como acto de crueldad. Estas entidades argumentan que las corridas de toros no solo infligen sufrimiento innecesario, sino que contradicen la evolución de la conciencia social hacia el respeto por la vida animal.
A lo largo de los años, estas suspensiones han generado un mosaico de fallos contradictorios. En algunos distritos judiciales, las corridas de toros se permiten bajo estrictas regulaciones sanitarias, mientras que en otros, como en la Ciudad de México, persisten intentos de prohibición total. La ausencia de un criterio nacional para corridas de toros, como lo evidenció el reciente rechazo de la SCJN, prolonga esta fragmentación y abre la puerta a más litigios en el futuro.
Implicaciones para la tradición taurina en México
Las corridas de toros forman parte del tejido cultural mexicano desde la época colonial, atrayendo a miles de espectadores anualmente y contribuyendo a la economía local. Eventos en plazas como la México generan ingresos significativos a través de boletos, patrocinios y turismo. Sin embargo, el rechazo de la SCJN a un criterio nacional para corridas de toros intensifica las tensiones entre preservacionistas y reformistas. Los primeros ven en el toreo un símbolo de identidad nacional, mientras que los segundos lo equiparan a prácticas obsoletas en una sociedad progresista.
En el contexto actual, con reformas constitucionales en discusión sobre derechos animales, esta resolución podría influir en el panorama legislativo. Estados como Querétaro y Tlaxcala, bastiones taurinos, podrían endurecer sus posturas defensivas, mientras que en Baja California, donde ya hay prohibiciones parciales, se fortalece el movimiento abolicionista. La decisión de la Corte subraya la complejidad de equilibrar tradición y modernidad en temas como las corridas de toros.
Debate ético y legal en torno a los espectáculos
Desde un punto de vista ético, las corridas de toros plantean interrogantes sobre el sufrimiento animal y el entretenimiento violento. Expertos en derecho ambiental destacan que México ha avanzado en leyes como la Ley General de Equilibrio Ecológico, que prioriza la protección de la fauna. No obstante, la falta de un criterio nacional para corridas de toros permite que persistan excepciones basadas en argumentos culturales, generando críticas de organismos internacionales como PETA o la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.
Legalmente, el caso ilustra los límites de la facultad de atracción de la SCJN, que solo procede en asuntos de "máxima relevancia". Al rechazarla, el tribunal opta por una descentralización que podría fomentar innovaciones locales, pero también riesgos de inconsistencias. Para la industria taurina, esto significa navegar un terreno incierto, donde cada suspensión representa una amenaza potencial a su viabilidad económica.
En los últimos desarrollos, observadores cercanos al proceso judicial han notado que detalles de la sesión de la SCJN, tal como se reportaron en medios especializados, revelan un pleno dividido no solo por ideologías, sino por interpretaciones constitucionales. Fuentes internas sugieren que el proyecto de la ministra Esquivel en 2023 sirvió de precedente sutil para esta denegación, priorizando revisiones escalonadas sobre intervenciones amplias. Asimismo, representantes de asociaciones como Justicia Justa han expresado, en foros independientes, su determinación a perseguir vías alternativas para avanzar en la prohibición de las corridas de toros.
Por otro lado, analistas de derecho constitucional, consultados en publicaciones recientes, indican que la ausencia de un criterio nacional para corridas de toros podría catalizar reformas en el Congreso, donde iniciativas pendientes esperan su turno. Estos expertos, basados en revisiones de jurisprudencia histórica, ven en la decisión de la SCJN un llamado implícito a la acción legislativa para resolver lo que el Poder Judicial no ha podido unificar.
Finalmente, el eco de este fallo se siente en la esfera pública, donde debates en plataformas digitales y columnas de opinión reflejan la polarización. Como se ha documentado en coberturas exhaustivas de eventos judiciales, la SCJN rechaza criterio nacional para corridas de toros, pero deja un legado de preguntas abiertas sobre el rol de la Corte en temas culturales divisivos.


