Suprema Corte rechaza votos de calidad revisables

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Suprema Corte frena intento de revisar votos de calidad

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acaba de bloquear la polémica propuesta del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz para abrir la puerta a recursos de reclamación contra los votos de calidad. Esta decisión, tomada en sesión plenaria el 6 de noviembre de 2025, mantiene intacta la irrevisabilidad de los desempates presidenciales que definen sentencias definitivas. La Suprema Corte, con mayoría de seis ministros, declaró improcedentes tales impugnaciones cuando resuelven el fondo del asunto, blindando así la seguridad jurídica del máximo tribunal.

El origen del debate radica en un recurso presentado por la Presidencia de la República contra un voto de calidad emitido en enero de 2024 por el entonces presidente de la extinta Segunda Sala, Alberto Pérez Dayán. Ese voto desempató a favor de conceder un amparo contra la Ley de la Industria Eléctrica, reforma energética impulsada durante el sexenio anterior. Hugo Aguilar propuso considerar ese voto como “mero trámite” y, por tanto, susceptible de revisión para “atajar arbitrariedades”.

¿Qué son los votos de calidad y por qué generan tanto ruido?

Los votos de calidad son la facultad constitucional que tienen los presidentes de salas o pleno para desempatar votaciones empatadas. En la Suprema Corte, un empate 2-2 en sala o 5-5 en pleno se resuelve con el voto doble del presidente. Tradicionalmente, estos votos son irrevisables porque forman parte del fondo de la resolución. Permitir recursos contra ellos abriría la caja de Pandora: cualquier sentencia podría ser cuestionada eternamente.

Durante la discusión, el propio Hugo Aguilar aclaró: “No pretendemos revisar el fondo, solo evitar abusos”. Sin embargo, la mayoría interpretó que aceptar su proyecto vulneraría la cosa juzgada y la estabilidad institucional. La Suprema Corte priorizó la certeza sobre la flexibilidad.

Ministros dividen posturas en histórico debate

Seis votos contra la revisión

Seis ministros votaron por declarar improcedentes los recursos contra votos de calidad que resuelven el fondo. Entre ellos destacaron argumentos de peso:

El ministro Giovanni Figueroa Mejía advirtió que admitir impugnaciones “viola la seguridad jurídica y la cosa juzgada”. Subrayó que el voto de calidad no es un trámite administrativo, sino una decisión sustantiva que define el sentido de la sentencia.

La ministra Lenia Batres, aunque reconoció que el voto de Pérez Dayán fue “atropellado”, rechazó la revisión para no abrir la puerta a impugnaciones masivas. “Estaríamos permitiendo que cualquier votación colegiada sea cuestionada”, sentenció.

Esquivel y Ortiz declaran sin materia

Las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz optaron por declarar el asunto sin materia. Esquivel insistió en que los recursos de reclamación solo proceden contra actos de trámite, no contra decisiones de fondo. Ortiz respaldó la misma línea, cerrando filas con la tradición jurisprudencial.

En total, la Suprema Corte consolidó un bloque mayoritario que protege la intangibilidad de los votos de calidad. El proyecto de Hugo Aguilar quedó archivado, pero el mensaje es claro: nadie, ni siquiera la Presidencia, puede reabrir sentencias ya resueltas por desempate presidencial.

Impacto en la Ley de la Industria Eléctrica y el equilibrio de poderes

El amparo concedido en 2024 contra la Ley de la Industria Eléctrica sigue firme. Aquella resolución declaró inconstitucionales varios artículos que priorizaban a la CFE sobre generadores privados. Al no prosperar el recurso contra el voto de calidad de Pérez Dayán, la sentencia queda blindada. Empresas privadas del sector eléctrico respiran tranquilas; el Ejecutivo pierde una batalla legal clave.

Analistas consultados por medios especializados coinciden en que la Suprema Corte envió un mensaje al gobierno federal: los contrapesos funcionan. Aunque Morena controla el Congreso y varias gubernaturas, el máximo tribunal mantiene su independencia en temas energéticos y constitucionales.

En corrillos del Palacio de Justicia, ministros comentaron que la votación de este 6 de noviembre refuerza la jurisprudencia establecida desde 1994 sobre la naturaleza irrevisable de los votos de calidad. Fuentes cercanas al pleno filtraron que la discusión duró más de tres horas, con intervenciones técnicas que evitaron caer en confrontaciones políticas abiertas.

Periodistas que cubren la fuente de la SCJN destacaron que el rechazo al proyecto de Hugo Aguilar fortalece la percepción de un tribunal técnico y no subordinado. Reportes de Latinus y otros portales coinciden en que la decisión cierra el capítulo de impugnaciones eternas y devuelve certeza al sistema de justicia constitucional mexicano.