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Suprema Corte marca historia: familiares de víctimas de feminicidio ahora son reconocidos como víctimas indirectas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dado un paso sin precedentes al establecer que los familiares de una víctima de feminicidio deben ser considerados víctimas indirectas, con derecho a una reparación integral del daño. Este fallo, aprobado por unanimidad, responde al caso de Fátima Quintana Gutiérrez, una niña de 12 años brutalmente asesinada en 2015 en el Estado de México.
El caso de Fátima, que conmocionó al país, expuso las fallas del sistema judicial. La menor fue violentada y asesinada por tres hombres, pero inicialmente solo uno fue condenado. Tras años de lucha de sus padres, Lorena Gutiérrez Rangel y Jesús Quintana Vega, se logró la condena de dos de los responsables a cadena perpetua. Sin embargo, los padres no fueron reconocidos como víctimas indirectas, lo que limitaba su acceso a justicia.
La sentencia de la Corte ordena al tribunal colegiado reconocer a los padres de Fátima como víctimas indirectas, sin imponer barreras legales estrictas. Además, exige una nueva sentencia que garantice una reparación del daño justa y sin límites normativos. Este fallo no solo busca justicia para la familia de Fátima, sino que establece un precedente para miles de familias afectadas por el feminicidio en México.
La resolución también señala la responsabilidad del Estado mexicano por no prevenir este tipo de crímenes. La Corte determinó que el gobierno del Estado de México debe implementar medidas para evitar la repetición de estos actos, como visibilizar la violencia de género y establecer acciones concretas de prevención. Este punto subraya la gravedad de la crisis de feminicidios en el país.
Desde 2015, México ha registrado más de 8 mil feminicidios, según datos oficiales. En 2024, se reportaron 797 casos, con el Estado de México liderando la lista con 73. Entre enero y marzo de 2025, se han documentado 162 feminicidios a nivel nacional, 18 de ellos en el mismo estado. Estas cifras reflejan la urgencia de políticas efectivas para combatir la violencia de género.
El caso de Fátima pone en evidencia las trabas burocráticas que enfrentan las familias de las víctimas. La Corte enfatizó que el reconocimiento de víctimas indirectas no debe depender de formalismos, sino del vínculo emocional y familiar con la víctima. Este criterio busca humanizar la justicia y garantizar que los afectados tengan acceso a reparaciones integrales.
La sentencia incluye medidas de satisfacción, como la dignificación de la memoria de la víctima, y garantías de no repetición, como la implementación de políticas públicas para prevenir feminicidios. Estas acciones pretenden transformar la realidad de violencia estructural que enfrentan las mujeres y niñas en México.
Organizaciones como el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio han celebrado esta resolución, considerándola un avance histórico. Sin embargo, también advierten que el verdadero cambio dependerá de la voluntad de las autoridades para cumplir con las medidas ordenadas por la Corte.
El fallo llega en un momento crítico, cuando la violencia contra las mujeres no da tregua. La historia de Fátima y la lucha de su familia son un recordatorio de la deuda que el Estado tiene con las víctimas de feminicidio y sus seres queridos. Este precedente podría ser un punto de inflexión para la justicia en México.
La sentencia de la Suprema Corte no solo honra la memoria de Fátima Quintana, sino que envía un mensaje claro: las familias de las víctimas merecen ser escuchadas y reparadas. La justicia, aunque tardía, comienza a abrirse paso en un país marcado por la violencia de género.

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